"Ha existido una mala fe por parte del Banco" – Primera sentencia en Fuerteventura.

La primera sentencia de la isla de Fuerteventura, defendida por el letrado Matías Martín Quintana Reyes, no puede ser más contundente: condena al Banco Popular porque considera que «obró de mala fe» y que el producto, de ser bien explicado, no lo contrataría nadie.

El Juzgado de Primera Instancia nr. 5 de Puerto del Rosario ha condenado enérgicamente al Banco Popular. El Director de la sucursal reconoció que conocía a la cliente y a sus padres pues la sucursal está al lado del restaurante dónde la cliente trabaja. Así, abusando de esta relación de confianza, le colocó un IRS para ‘proteger’ su hipoteca de la subida de tipos de interés.

El juez Santiago Romero Buck Arstad firma una contundente sentencia, cuya lectura recomendamos desde este blog y que extractamos a continuación:

«Efectivamente, cabe entender que la cliente no fue informada de todos los riesgos, por cuanto que, de ser así, lo lógico es que no contratase este tipo de producto«
«Es decir, sobre esta posibilidad de baja del tipo de referencia es donde tienen que hacerse las simulaciones (no aportadas) de tal manera que si se explica a un cliente que en caso de bajar sucesivamente el EURIBOR podría darse el caso de que tuviese que pagar miles de euros, posiblemente ningún cliente contrataría dicho producto. De ahí que resulte más creíble que el Director de la sucursal ofertase las bondades de este producto con todo tipo de información pero no hiciese lo mismo, y con la misma diligencia, respecto de los riesgos.»

«Así pues, ha existido una mala fe por parte del Banco, al conocer, si bien no todos los elementos futuros, la tendencia que iba a fijar el Banco Central Europeo y demás entidades intervinientes en el sector, información que no fue compartida con la cliente y explicada en debida forma en cuanto al riesgo de la operación y la relativa a la previsión razonada y razonable del comportamiento futuro del tipo variable referencial.»

Nuestra más sincera enhorabuena a la afectada por esta sentencia y nuestro agradecimiento al letrado Matías Martín Quintana Reyes por compartir la sentencia nr. 81 contra el Banco Popular con nosotros.

Dirección Letrada: Matías Martín Quintana Reyes. Colegiado 4302 del ICALPA.
Perito:  no se aportó informe pericial.
Banco: Banco Popular Español, S.A.
Producto: Contrato de Permuta de Tipos de Interés (IRS).
Perfil: particular
PDF: S_111221_BPOPULAR_JPI5_PTO_DEL_ROSARIO_FUERTEVENTURA_PART_SIN.pdf


Nulidad de los contratos SWAP en la Jurisprudencia. Bernardo L. García Angulo.

ASUAPEDEFIN presenta la publicación del libro «NULIDAD DE LOS CONTRATOS SWAP EN LA JURISPRUDENCIA» escrito por el letrado Bernardo L. García Angulo. Un libro imprescindible para todos los abogados que tengan swaps encima de la mesa.

Encarga tu libro con ASUAPEDEFIN y obtendrás el 5% de descuento sobre el PVC y un paquete de ponencias de regalo!

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Recibe en tu e-mail todas las semanas las últimas noticias sobre gastos de hipoteca, revolving, cláusulas abusivas, estafas…
¡Y mucho más!
PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.