Patricia Suárez: “Es mejor que se pronuncie el TJUE para evitar mayor inseguridad jurídica y perjuicio al consumidor”
Tras deliberación, hoy el Tribunal Supremo ha decidido plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que aclare la prescripción de plazos en la reclamación de gastos hipotecarios. A lo que ASUFIN responde, en palabras de Patricia Suárez, su presidenta: “Nos parece una solución prudente de cara a no crear más inseguridad jurídica en torno al tema. Antes que una sentencia confusa en contra de los consumidores preferimos que el Supremo consulte al TJUE, aunque esto suponga que tengamos que esperar un poco más”.
Añade que “hasta que el Tribunal Supremo no haga suyos de manera más contundente los principios que inspiran la defensa del consumidor, y que son materia de la directiva europea 93/13, es mejor que sea el TJUE el que dote de mayor seguridad a los consumidores”.
La posición de ASUFIN es que si la acción principal (nulidad absoluta de la cláusula) es imprescriptible, la acción consecuente de la anterior (devolución de las cantidades) también lo sería, por lo que no habría plazo para su reclamación. O, en todo caso, los 5 años de plazo que establece el Código Civil, desde que se declara la nulidad de la cláusula, es decir, que el plazo no empieza a contar hasta que no se falla una sentencia individual que así lo declara.
Más de 8 millones de consumidores que pagaron gastos por su hipoteca están a la espera de conocer qué ocurre con los plazos para reclamar de media, unos 1.500 euros.
4 respuestas
Buenos dias, tengo hipoteca formalizada con BBVA en fecha 26/3/2009 y agradeceria saber si puedo reclamar los gastos de la formalizacion (registro, notaria, tasacion, apertura), y si es asi y puedo reclamar que me costaria hacerlo con ustedes.
Saludos
Buenos días, Gloria. Muchas gracias por tu comentario, se lo he trasladado ya a nuestro equipo para que se pongan en contacto contigo lo antes posible para resolver todas tus dudas. En ASUFIN podemos ayudarte.
Buenas tardes, presenté una reclamación de gastos hipotecarios el pasado enero 24 y me contestaron desde la entidad que había prescrito el plazo para esta reclamación según artículo 1964 del código civil. Mi hipoteca se formalizó el 22 de noviembre de 2016. Realmente pienso que es una manera de quitarse el caso de encima cuando no entiendes del tema. Según lo que he leído de estas sentencias, tendría derecho al reembolso de esos gastos. ¿Me pueden ayudar? Gracias. Ana M.
Buenos días, Ana. Gracias por contarnos tu caso, se lo hemos trasladado a nuestro equipo para que se pongan en contacto contigo lo antes posible. Muchas gracias