El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Bilbao ha anulado un Swap ligado a inflación que el Banco Santander había vendido a una pequeña empresa. ?El Santander deberá devolver a la pyme 11.408 euros según lo indicado en la sentencia ganada por AUSBANC.
A pesar de que el banco le ofreció un producto de cobertura frente a la subida de los tipos de interés, la demandante asegura que no se le entregaron los contratos ni se le explicaron los riesgos. Además afirma que sintió sorpresa al enterarse de que el contrato duraba 8 años ya que no tuvo constancia de ello en ningún momento, y declaró su reacción ante la noticia: iba llorando por la calle porque no entendía por qué tenía que pagar intereses a cambio de nada. ?Especialmente reseñables son las conclusiones del perito Cregenzán recogidas en la sentencia, quien asegura la probabilidad de que la variable IPC crezca por encima de la tasa denominada tipo fijo acumulado es del 0% concluyendo con que la concepción del instrumento financiero como de cobertura es inexistente.
Además cabe destacar la presencia del Defensor del Pueblo en esta sentencia, que en vista de reiteradas denuncias de ASUAPEDEFIN y tras solicitar un informe al Banco de España, declaró la complejidad de los productos y su diseño que en realidad no cubren el riesgo de la subida de los tipos de interés ni de la tasa de inflación. Junto con la CNMV (Comisión Nacional de Mercado de Valores) declaró estos productos como de Alto riesgo y para un perfil de cliente altamente especulativo ( ).
El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Bilbao ha condenado al Santander a pagar 28.977 euros a una pyme dedicada a la importación de maderas rusas por la anulación de un Swap que se vio actualizado hasta cuatro veces. ?El primer contrato con el banco supuso un préstamo hipotecario de 900.000 euros así como un crédito ICO de 300.000; mientras que el Primer Swap estaba valorado en 3.000.000 euros. Este desfase, claramente visible en las cantidades mencionadas, se describe en la propia sentencia como producto especulativo. ?El segundo y tercer Swap fueron actualizados exactamente por el mismo importe del primero. El cuarto contrato sin embargo, incorporó la novedad de que la parte actora debía abonar el coste de la cancelación del contrato anterior por un importe de 56.116 euros.
La sentencia recoge asimismo que el banco no ofreció a la pequeña empresa la información concreta que demostraba que el préstamo que contrató y el producto que le ofrecieron funcionan en realidad de forma independiente. ?La magistrada hizo hincapié en la actual situación económica, y solicitó la nulidad de los contratos dado que en plena crisis financiera no se explicó de forma clara, sencilla y eficaz las características del contrato limitando la capacidad del cliente de conocer los riesgos de la caída de los tipos de interés.
Además, el Banco Santander ha sido también condenado por la venta de swaps en Chiclana (Cádiz), por el Juzgado de Primera Instancia número 2 y en Córdoba por el Juzgado de Primera Instancia número 7 (éste último siendo un swap ligado a inflación).
Dirección Letrada: Susana Barbero Sampedro (AUSBANC)
Perito: Jose Miguel Cregenzán Sanz
Banco: Santander
Producto: Swap Inflación
Perfil: Pyme
PDF: S_111220_SANTANDER_JPI11_BILBAO_SWAP_INFLACION_PYME.pdf
Dirección Letrada: Jose Manuel Argarate Ortiz
Perito: No se aportó
Banco: Santander
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_111216_SANTANDER_JPI4_BILBAO_PYME_SIN.pdf
Dirección Letrada: Alberto Masiá Martínez
Perito: No se aportó
Banco: Santander
Producto: Swap
Perfil: Pyme
PDF: S_111223_SANTANDER_JPI2_CHICLANA_PYME_SIN.pdf
Dirección Letrada: Rafael Valverde De Diego
Perito: No se aportó
Banco: Santander
Producto: Swap Inflación
Perfil: Pyme
PDF: S_111110_SANTANDER_JPI7_CORDOBA_SWAP_INFLACION_PYME_SIN.pdf