La justicia vuelve a condenar doblemente a Banco Popular. En Asturias, deberá devolver más de 8.000 euros a una sociedad anónima a la que colocó una permuta financiera ligada a los tipos de interés; y en Tarragona ha sido anulado un IRS que vendió a un particular. Con estas dos, el Grupo Popular suma 174 sentencias en su contra.

Banco Popular deberá devolver los más de 8.600 euros que recibió por parte de una sociedad anónima debido a las liquidaciones de una permuta financiera. El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pola de Siero (Asturias) ha declarado la nulidad del producto estimando que la información sobre el riesgo del swap y las previsiones de los tipos de interés se ocultaron por parte del banco.

El juez considera evidente que el banco ostentó durante la redacción del contrato “su propio interés en él y una posición de prevalencia frente a la pequeña mercantil”. Además, la sentencia recoge que la elección de los tipos aplicables, los periodos de cálculo, la referencia variable o el tipo fijo no responde a un elemento crítico, sino a un “capricho, consecuencia de un estudio previo del mercado y de las previsiones de los tipos”.

La sentencia estima que la declarada falta de información sobre la permuta financiera, “no se subsana con la mera firma de un contrato verificado sobre las condiciones generales”. Además, el juez cree que en estas condiciones generales tampoco aparece una “información adecuada” sobre el riesgo que comporta una caída de los tipos de interés. Igualmente, Banco Popular reconoció que no hizo ningún testo de idoneidad a la empresa ni simulación que pudiese explicar los diferentes escenarios.

Por otra parte, Banco Popular ha sido condenado también en Tarragona. El Juzgado de Primera Instancia número 8 de la localidad ha devolver las liquidaciones practicadas y la nulidad de la permuta financiera. Para el magistrado la falta de información del Banco Popular se intensificó “por el contexto económico y financiero cuando se contrató el IRS”, en diciembre de 2006. Además, el juzgador considera que es un “hecho notorio” el que los swap y productos derivados se comenzaran a comercializar en un época alcista de los tipos y anterior a la “vertiginosa caída” de los índices.


Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: Banco Popular S.A.
Producto: IRS
Perfil: Sociedad Anónima
PDF: S_121001_BPOPULAR_JPI2_SIERO_SA_SIN.pdf


Dirección letrada: Robert Giménez i BonetBanco: Banco Popular S.A.
Producto: IRS
Perfil: Particular
PDF: S_120928_BPOPULAR_JPI8_TARRAGONA_PART_SIN.pdf

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