¿Has sufrido un despido de forma inesperada? Reclama tus derechos

Asegúrate de conocer la tipología del despido: procedente, improcedente o nulo

Un despido para todo trabajador es una situación incómoda y que crea sentimientos de miedo, enfado, inseguridad, frustración, tristeza…a lo que se le añade la incertidumbre de no saber qué tienes que hacer después y cuáles son los derechos que te corresponden.

Te informamos de los derechos que posees como trabajador que te servirán para afrontar este proceso con calma y claridad.

¿Qué información deberá aparecer en el despido?

Un despido es una extinción de la relación laboral entre empresario y trabajador cuya comunicación debe realizarse por escrito ya que, de realizarse de forma verbal no tendría validez legal.

En la carta que te entregan deberá aparecer:
-Fecha y lugar del despido, además de la fecha de entrega de la carta.
-Los datos de la empresa o el empleador.
-Datos del trabajador.
-La causa del cese, detallando los motivos del despido.

Por último, la carta debe estar firmada y sellada por la empresa.

Junto con la carta de despido puede presentarte el finiquito donde se detallan las cantidades pendientes entre la empresa y el trabajador en la fecha de la finalización de la relación laboral, incluyendo:
-Salarios pendientes: los días trabajados en el mes.
-Vacaciones no disfrutadas: las que hemos generado, pero no hemos llegado a disfrutar.                                                                                                    -Pagas extraordinarias: si las tienes no prorrateadas se pagan semestralmente una en verano y otra en Navidad. Y si la paga es prorrateada se calcula la del último mes trabajado.
-Horas extraordinarias: que no se hayan pagado por descanso.
-Otras indemnizaciones: es una compensación al trabajador por el cese del contrato.

¿Qué tipo de despidos existen?

-Despido procedente: se entiende justificado el motivo del despido.
-Despido improcedente: cuando no se puede acreditar la causa que se alega para el despido.
-Despido nulo: cuando las causas del despido son por discriminación, nacimiento o adopción, embarazo o lactancia.

¿Cuáles son tus derechos?

A parte de la entrega de la carta de despido y el finiquito tienes unos derechos dependiendo del tipo de contrato y de tu despido:

-Despido objetivo y despido colectivo: 20 días de salario por cada año de servicio, con prorrateo por meses de los periodos inferiores al año y un máximo de 12 mensualidades.
-Despido improcedente: 33 días de salario por cada año trabajado, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año y con un límite de 24 mensualidades. En su caso, los periodos anteriores al 12 de febrero de 2012 se indemnizarán con 45 días de salario por cada año de servicio, con prorrateo por meses de los periodos inferiores al año y un límite de 42 mensualidades.
Sin embargo, si el despido es disciplinario no conlleva indemnización.

Te recomendamos que antes de firmar ningún documento lo revises bien y si te surge alguna duda, te aconsejamos firmar como: “No conforme” dejando abierta la posibilidad de reclamación. Para ello, deberás acudir al SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) donde se celebrará un acto de conciliación donde la empresa y trabajador llegarán a un acuerdo.
Pero en el caso de no haber entendimiento, el trabajador podrá presentar una demanda ante el juzgado de lo social antes de 20 días hábiles. Y será el juez quien determine el despido y la sentencia.

¿Cómo prepararte para un despido?

Estos aspectos importantes te ayudarán a que el proceso sea más sencillo:
1.Revisar antes de firmar la carta de despido para que todo esté correcto.
2.Solicitar asesoramiento legal a través de un abogado laborista.
3.Guardar toda la documentación y comunicaciones escritas.
4.Solicitar la prestación por desempleo.

Desde ASUFIN te ayudamos con tu educación financiera con estas recomendaciones.

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