Las acciones colectivas y la nueva Autoridad Independiente de Defensa del Usuario Financiero podrían ser instrumentos eficaces que disuadan a las empresas de cometer malas prácticas
Nuestro país incumplirá la trasposición de una directiva fundamental a favor de los derechos de todos los consumidores. Este domingo, 25 de diciembre, tendríamos que disponer de una norma nacional que regule las acciones de representación colectiva y que, entre otras cosas, permita que todos nos podamos ver recompensados por las empresas que infrinjan los derechos de los consumidores en ámbitos como los servicios bancarios, los viajes, la energía, la sanidad, las telecomunicaciones y la protección de datos, sin necesidad de ir a juicio individual.
Por el contrario, el pasado día 20, el Gobierno se descolgaba con un Anteproyecto de ley que aún tiene que ser sometido a consulta pública, pasar los informes preceptivos y ser debatido en Congreso y Senado.
Consideramos que nuestro país ha perdido una oportunidad valiosa para ponerse a la vanguardia en materia de defensa del consumidor con el riesgo de que grandes litigios colectivos huyan a otros países de la UE, que ya tengan un marco legislativo cierto.
Es una vergüenza que lleguemos tarde, una vez más, a la trasposición de una directiva que rema a favor de los derechos de los consumidores, aunque no nos sorprende en la medida que nuestro país acumula un conocido historial de retrasos. Instamos a los legisladores a hacer suya y adaptar, en tiempo y forma, la normativa europea.
Entrando en materia de cómo tiene que acometerse la trasposición, exigimos a los ministerios competentes, Justicia y Consumo, que den a conocer sus planes sobre qué criterios se impondrán a las entidades habilitadas para llevar a cabo estas demandas y cómo se financiarán las mismas.
Apoyamos que estas entidades, que podrán ser asociaciones de consumidores o instituciones públicas, deben ser independientes, y actuar en todo el procedimiento con escrupulosa transparencia, sin conflicto de intereses. La directiva obliga, además, a que no tengan ánimo de lucro, se acredite su solvencia y tengan una antigüedad de 12 meses.
La trasposición de la Directiva (UE) 2020/1828 de acciones de representación está en línea con lo que también tiene que perseguir la Autoridad independiente de defensa del cliente financiero, con resoluciones cuya firmeza permita a todos clientes bancarios, hayan o no demandado, ver resarcidos sus derechos sin necesidad de ir a tribunales.