La compañía bloquea parcialmente el uso de Facebook e Instagram hasta que los usuarios seleccionen el procesamiento de datos con fines publicitarios
Meta está introduciendo cambios en su servicio en la UE que obligan a los usuarios de Facebook e Instagram a dar su consentimiento para que la empresa procese sus datos con fines publicitarios o a pagar para que no se les muestren anuncios. Se trata de una práctica injusta para los usuarios, que contraviene la legislación de la UE en materia de consumo en varios aspectos y que la compañía debe detener.
Para ello, la asociación europea BEUC y 18 de sus miembros, entre los que se encuentran las organizaciones españolas ASUFIN y CECU, han presentado hoy una denuncia ante la red de autoridades de protección de los consumidores (CPC), alegando que Meta incurre en múltiples prácticas comerciales desleales. BEUC también está evaluando si Meta está infringiendo la ley de protección de datos (el GDPR).
Problemas detectados
– Meta bloquea parcialmente el uso de Facebook e Instagram hasta que los usuarios hayan elegido una u otra opción, lo que constituye una práctica agresiva con arreglo a la legislación europea en materia de protección de los consumidores. Mediante la persistencia y la creación de una sensación de urgencia, Meta empuja a los consumidores a tomar una decisión que tal vez no quieren tomar.
– Además, es probable que muchos consumidores piensen que, al optar por la suscripción de pago tal como se presenta, obtienen una opción respetuosa con la privacidad que implica menos seguimiento y elaboración de perfiles. En realidad, es probable que se sigan recogiendo y utilizando los datos personales de los usuarios, pero con fines distintos a los publicitarios.
– Meta proporciona información engañosa e incompleta a los consumidores, lo que no les permite elegir con conocimiento de causa. Meta les engaña presentándoles la elección como entre una opción de pago y otra “gratuita”, cuando esta última opción no es “gratuita” porque los consumidores pagan a Meta mediante el suministro de sus datos, como ya han declarado sentencias judiciales anteriores.
– Dado el poder de mercado de los servicios de Facebook e Instagram de Meta en la UE y los fuertes efectos de red de las plataformas de medios sociales (ya que todos tus amigos están en Facebook e Instagram), los consumidores no tienen una opción real porque si abandonan los servicios perderían todos sus contactos e interacciones construidos a lo largo de los años. La elevadísima cuota de suscripción a los servicios “sin anuncios” también es un factor disuasorio para los consumidores, lo que significa que estos no tienen una opción real.
Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, declara: “Nos preocupan las prácticas ocultas, al margen de la regulación de la que nos hemos dotado los europeos, que practica esta compañía fuertemente arraigada entre los consumidores de todo tipo, incluso jóvenes, a los que siempre nos gusta recordar que cuando algo es gratis, el precio eres tú. O lo que es lo mismo: los son tus datos. Desde el ámbito financiero, esta cuestión es crítica, en la medida en que estamos hablando de compañías con un gran potencial para tomar posiciones como proveedoras de productos y servicios”.
Ursula Pachl, directora general adjunta de la Organización Europea de Consumidores (BEUC), declara: “La elección que el gigante tecnológico ofrece actualmente a los consumidores es injusta e ilegal; los millones de usuarios europeos de Facebook e Instagram merecen algo mucho mejor que esto. Meta está infringiendo la legislación de la UE en materia de consumidores al utilizar prácticas desleales, engañosas y agresivas, como el bloqueo parcial del uso de los servicios por parte de los consumidores para obligarles a tomar una decisión rápidamente, y el suministro de información engañosa e incompleta en el proceso. Las autoridades de protección de los consumidores de la UE deben entrar ahora en acción y obligar al gigante tecnológico a poner fin a esta práctica. El planteamiento de la empresa también suscita preocupación en relación con el GDPR (Reglamento General de Protección de Datos”.