Condenado el Banco Santander a pagar 33.363 € por sus ‘Valores’

  • El Banco Santander debe devolver 33.363 a los damnificados por colocación indebida de los denominados Valores Santander

  • Nuevamente se declara una “nulidad contractual absoluta” al considerar que los clientes contaban con información sesgada o directamente carecían de esta misma.

Nuevo batacazo para el BANCO SANTANDER y a los productos colocados inadecuadamente por sus trabajadores en el Juzgado de Primera Instancia nr. 2 de Gerona. Las afectadas adquirieron en el 2007 “Valores Santander” por un importe de 25.000 euros. En el momento de la compra de dichos instrumentos financieros, los clientes no fueron informados en ninguna instancia de los riesgos inherentes del producto.

Tanto en el precontrato como en el periodo postcontractual, los damnificados, recibieron información sesgada, o directamente no la recibieron, en relación directa al riesgo que estaban asumiendo. Cuando el producto comenzó a sufrir variaciones, que afectaban directamente a la rentabilidad del producto adquirido, tampoco fueron conocedoras de dicha situación, adversa en cuanto a sus intereses se refiere.

Los “Valores Santander” fueron emitidos en el año 2007 con la intención de financiar la compra por Banco Santander S.A del grupo ABN Amro. En el primer año el interés era del 7,50% y a partir del segundo era de Euribor más 2,75 puntos. Si la compra del banco holandés fracasaba, El BANCO SANTANDER devolvería a sus clientes el dinero invertido en el plazo de un año. Si esta operación quedaba realizada con éxito, como así aparentemente ocurrió, los Valores Santander se convertirían” en obligaciones subordinadas obligatoriamente en octubre de 2012, existiendo un periodo previo de conversión voluntaria”. No obstante, los clientes así como el resto de afectados no estaban en presencia de la compra de simples acciones. Se fijó un precio para la conversión que no era fijo sino que dependía de ciertas variables, lo que configura el producto como complejo y de riesgo.

Toda esta información, necesaria para el cliente y su entendimiento, no consta en ningún documento. A esto se le suma que consta en acta el hecho que la agente del Banco Santander “dio información sesgada inexacta y contraria a los intereses de las actoras”. Y precisamente era en esta agente en quien habían depositado “una confianza plena” y “habrían comprado cualquier producto que les hubiera ofrecido”.

Por todo lo mencionado se declara en la sentencia “la nulidad del contrato litigioso”, y la devolución y compensación de la cantidad inicial de 25.000 y la cantidad de 5.999,16 y los rendimientos percibidos por las acciones 2.364,43 euros y debiendo devolver los títulos que derivados del contrato que se anula tengan en su poder.

Son muchos los afectados que aún no han reclamado. ASUFIN ha convocado una reunión informativa para el próximo sábado 5 de marzo en su sede de Madrid. RESERVA TU PLAZA!


Dirección Letrada: Oscar Serrano Castelló
Banco: Santander
Producto: Valores Santander
Perfil: Particular
PDF:S_150610_BSANTANDER_JPI2_GERONA_VALORES_SANTANDER_SIN.pdf

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Un comentario

  1. Hasta que no llegue al supremo no sentará jurisprudencia y los 7000.000.000 euros que sacaron no los devolverán los muy ladrones!

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