Condena a Barclays por colocar productos estructurados a un economista

La Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 57 de Madrid del pasado 26 de julio, ha condenado con costas a Barclays, S.A. a la devolución de los importes invertidos, menos los rendimientos más los intereses, en un procedimiento defendido por Zunzunegui Abogados.

El juzgador da la razón a un economista que contrató por importe de casi 700.000 euros varios productos estructurados para sí y para su empresa, dedicada al asesoramiento fiscal. La sentencia, que se apoya en el Informe de la CNMV favorable al cliente, recoge que “la parte actora no fue informada adecuadamente de los productos que contrataba” y declara la nulidad de las operaciones de intermediación realizadas por Barclays.

Hay dos novedades remarcables en la sentencia que se acaba de conocer:

Una es que el fallo es positivo para una persona con conocimientos y experiencia financiera: “…aunque el actor tuviera conocimientos financieros, e incluso en materia de productos de inversión, ello no justifica que tuviera conocimientos precisamente en la materia que nos ocupa”.

La segunda es que fija la responsabilidad de entidades financieras en cuanto a la carga probatoria del correcto desarrollo de sus actividades de asesoramiento e información incluso cuando el receptor de tal información fuera una persona con conocimientos y experiencia financiera: “pero además ha de tenerse en cuenta que aunque el [demandante] tenga tales conocimientos, no exime a la entidad demandada de su obligación de informar”.

Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, destaca la importancia de la sentencia “al poner el foco en la conducta del banco obligado a informar y no en el perfil o experiencia del cliente en la contratación de productos financieros.”


Dirección Letrada: Fernando Zunzunegui.
Banco: Barclays
Producto: Estructurados (Bono Bancos Franceses, Bono Sector Financiero IV, Bono BBVA/Telefónica y Bono Eurostoxx Supertracker).
Perfil: Particular + Pyme (economista).
PDF: S_130726_BARCLAYS_JPI57_MADRID_ESTRUCTURADOS_BONOS_SIN.pdf

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