El Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona declara la nulidad de la cláusula suelo suscrita con el Banco Popular por falta de transparencia y abusividad
Desde ASUFIN interpusimos una demanda de nulidad de la cláusula suelo en defensa de los intereses de dos de nuestros asociados por no superar los controles de inclusión y transparencia. En dicha demanda solicitábamos la eliminación de la cláusula y que se condene a Banco Santander como sucesor del Banco Popular a abonar las sumas pagadas por los demandantes por aplicación de la cláusula.
Por su parte, Banco Santander se opone a la demanda alegando que hubo negociación previa en la que se pactaron todas las condiciones del préstamo. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona declara la nulidad de la cláusula suelo y condena a la demandada a devolver a nuestros asociados las cantidades percibidas en exceso, por aplicación de la cláusula.
Las partes suscribieron el préstamo hipotecario en el que se contenía la cláusula suelo en el año 2005 y se fijaba un límite a la variabilidad en un límite mínimo del 3,25%. Posteriormente, realizan una novación en el año 2007 en el que se establece un límite mínimo del 4,5%.
En cuanto al examen de transparencia, este tribunal señala que la cláusula leída de forma aislada y desde un punto de vista estrictamente gramatical o literal es clara y comprensible al utilizar caracteres tipográficos legibles y una redacción comprensible. Sin embargo, control de la comprensibilidad real de su carga económica no puede tener por acreditado que los consumidores fueran informados sobre los efectos de la incorporación. Ya que no se acredita que la entidad facilitase información suficiente sobre sus consecuencias.
Por lo que, procede declarar la nulidad de la cláusula suelo y condenar a la entidad bancaria a su eliminación, por no superar el doble control de transparencia y abusividad. En cuanto a la novación, rige el mismo fundamento, ya que tampoco existe prueba de que se informase de forma suficiente a los demandantes.
Y es por todo ello, que el juez del Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona estima la demanda de ASUFIN y declara la nulidad de la cláusula suelo y condena al Banco Santander a devolver las cantidades percibidas en exceso, en aplicación de la cláusula más los intereses legales devengados. Además, del pago de las costas procesales.
Producto: Cláusula suelo
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 50, Barcelona
Dirección Letrada: Vanesa Fernández Escudero
Fecha: 03.12.2021
Entidad: Banco Popular / Banco Santander