» El cliente es considerado minorista por lo que es obligación del banco informar de forma veraz de los riesgos del producto
» El juzgado estima la demanda contra Banco Popular, declarando la nulidad del contrato referido a los bonos subordinados adquiridos por el demandante
El cliente suscribió el contrato de bonos convertibles el 2 de octubre de 2009 por valor nominal de 30.000. En mayo de 2012 se produjo su canje en por nuevos bonos similares.Tras cancelar un depósito a plazo fijo, el cliente fue recomendado por un empleado de la entidad para contratar dicho producto; el cual le ofreció una oferta personalizada acompañada de documentación de difícil comprensión. Así, no consta que con anterioridad el afectado hubiera contratado algún otro producto financiero. Por esto, se presupone que no tenía ningún tipo de experiencia y conocimiento en esta materia.
El cliente es considerado minorista, por lo que es obligación del banco cerciorarse de que el consumidor ha entendido a la perfección los riesgos del producto. La entidad incumplió en todo momento con esto, ya que lo único que entregó fue un tríptico bastante extenso y complejo; siendo dicha entrega la misma mañana que se suscribió la orden de compra. Para una persona que no es experta en temas bursátiles, esta información es bastante incompleta. Así, la entidad no pudo acreditar que entregase información precontractual al adherente.
El juzgado estima la demanda contra Banco Popular, declarando la nulidad de los bonos convertibles. Condena a la entidad bancaria a restituir la suma de 30.000 euros, más los intereses legales desde la fecha de suscripción. Las costas procesales se imponen a la parte demandada.
Dirección Letrada: Miguel de Lis
Banco: Banco Popular
Producto: Bonos Convertibles
Perfil: Particular
Pdf: S_170328_BPOPULAR_JPI2_SALAMANCA_BONOS_CONVERTIBLES_PART_SIN
Un comentario
Mi enorabuena al cliente y a sus defensores. Hoy se ha hecho justicia otra vez y nuestra «Bella España» vuelve a brillar, condenando a estos «Banksters» que se dedicaban a vender productos tóxicos a la ciudadanía. Todo lo que pierde el cliente lo gana el banco y encima les sale rentable, pues según Asufin sólo denuncian un 5% de los afectados. En el Banco Popular otra figura que es de juzgado de guardia es el inexistente Defensor del Cliente, como es habitual el Banco de España y la CNMV mirando hacia otro lado, al final como siempre tendrá que ser la justicia quien saque las castañas del fuego y pongan fin a estos robos de guante blanco.
Mi enhorabuena al juez. La justicia se está ganando mi reconocimiento y creo el de la mayoría de los ciudadanos dia a dia.