FERGO AISA: Bankpime condenada una vez más por sus bonos

» Bankpime incumplió sus obligaciones legales de diligencia, lealtad e información en la venta de los valores Bonos AISA
» Bankpime deberá abonar 48.000€ por daños y perjuicios, más el interés legal y las costas de primera instancia

Los afectados contrataron con Bankpime la compra de 48 títulos de Bonos Fergo Aisa por un valor nominal de 48.000€.  La sentencia de primera instancia desestima la demanda al entender que no se trata de un producto híbrido o complejo.

Frente a esto, los afectados argumentan una errónea valoración de la prueba. Consideran que se trata de un producto de elevado riesgo al poder generar la pérdida en el capital invertido. Del mismo modo, que no se ha evaluado correctamente el perfil de los mismos. Además, insisten en la errónea valoración de la prueba a la falta de legitimación pasiva de la Caixa.

Caixabank manifiesta que no existe sucesión universal de la sociedad Bankpime. Por lo que, cualquier responsabilidad de la actuación de Bankpime fue excluida expresamente en la transmisión. Por el contrario, los afectados se oponen a la falta de legitimación pasiva a tenor de sentencias como la de la AP de Castellón de lo Civil de 2014; la SAP Palma de Mallorca de 6 de noviembre de 2014, sentencias que confirman la plena legitimación pasiva de Caixabank.

Ahora bien, en la transmisión se realizó una cesión de determinados activos y pasivos del negocio de Bankpime. La Sala concluye que, aunque no se operase una sucesión universal, sí hay legitimación pasiva. Esto viene determinado por una cláusula del contrato, donde el comprador puede ser demandado por reclamación de contingentes por terceros.

A tenor de la STS de 12 de enero de 2015 se concluye que existe error en el consentimiento porque la entidad no proporcionó una información completa. De este modo, dicha información no fue adecuada ni suficiente en cuanto a los riesgos asociados.

Se concluye que la actuación de Bankpime no fue de mera intermediación, sino de asesoramiento financiero. Del mismo modo, no consta que se advirtiese a los actores del riesgo de crédito de pérdida de capital en caso de insolvencia de la entidad emisora. Por tanto, la entidad incumplió sus obligaciones legales y contractuales de informar al cliente, sin constar prueba alguna.

La sala desestima el recurso interpuesto por Caixabank y se revoca la sentencia dictada en primera instancia. Se declara que Bankpime incumplió sus obligaciones legales de diligencia, lealtad e información en la venta de los valores Bono AISA. La demandada deberá pagar a los actores, en concepto de daños y perjuicios, el importe de 48.000€. A todo esto, se le añaden los intereses legales devengados, más los gastos de custodia directamente vinculados a estos valores. Todo ello con condena en costas de primera instancia a Caixabank.


Dirección Letrada: Oscar Serrano Castells
Banco: Bankpime (Caixabank)
Producto: Estructurados. Bonos Fergo Aisa
Perfil: Particular
Pdf: S_161124_BANKPIME_CAIXABANK_AP19_BARCELONA_REVOCA_150112_JPI24_BARCELONA_SUBORDINADAS_FERGO_AISA_PART_SIN

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