Bankinter condenado en Valladolid

El Juzgado de Primera Instancia nr. 7 de Valladolid acaba de condenar a Bankinter por la comercialización engañosa de un CLIP 07 13.3. Se trata de la sentencia número 46 contra Bankinter que parece seguir empeñada en perder en tribunales antes que negociar con sus clientes.

La pyme afectada se vio obligada a contratar un producto de ‘cobertura’ al solicitar un contrato multilínea de financiación. La sentencia, aunque escueta, es contundente . Así, el juez considera expresa » la realidad es que se está vendiendo como una garantía para el cliente, lo que en realidad es una garantía para el banco; se está ofreciendo un producto que no se corresponde con lo que se publicita.» Y continúa considerando que «cobrar un precio de cancelación ‘acorde a la situación de mercado en cada fecha’ Esto en realidad es no decir nada, una generalidad carente de contenido objetivo«.

La defensa ha corrido a cargo de Juan Francisco Llanos Acuña del despacho Summalex Abogados que nos ha hecho el favor de remitirnos la sentencia que hoy presentamos.

? BANKINTER.- 20/12/2010, JPI 7 Valladolid (pyme)

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