La Audiencia Provincial número 9 de Valencia ha confirmado la condena a Bankinter por la comercialización de un bono estructurado debido a la falsedad de la firma del contrato. El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Valencia ya estimo la nulidad por ausencia de consentimiento en la contratación del producto.

Los afectados realizaron la contratación, sin consentimiento mediante la firma, de un “bono bacom”, un producto emitido por la entidad Lehman Brothers y referenciado a la evolución de las acciones de BBVA y France Telecom. Este estaba valorado en 120.000€.

Como ya hemos dicho, la voluntad del actor que dio lugar a  la suscripción fue suplantada mediante una firma falsa, tal y como ha dictaminado el perito. La propia entidad no ha negado la falsedad de la firma, y no ha entregado ningún tipo de prueba con la intención de desmentirlo.


Dirección Letrada: Dolores Arlandis Almenar.
Banco: Bankinter.
Producto: Estructurado.
Perfil: Particular.
PDF:S_131213_BANKINTER_JPI16_VALENCIA_BONO_BACOM_LEHMAN_FIRMA_FALSA_PART_SIN.pdf
PDF:S_140702_BANKINTER_AP9_VALENCIA_CONFIRMA_131213_JPI16_VALENCIA_BONO_BACOM_LEHMAN_FIRMA_FALSA_PART_SIN.pdf

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.