La sentencia ha estimado la nulidad del contrato de compra de las participaciones preferentes y la devolución de los 26.000 euros invertidos.
El Juzgado de Primera Instancia número ocho de Mataró ha condenado a Bankia por la comercialización irregular de unas participaciones preferentes por valor de 26.000 euros.
Los afectados, dos jubilados, suscribieron las participaciones después de recibir una llamada en 2007 para renovar el plazo fijo contratado en Caixa Laietana. Una vez citados en la sucursal, el director ofreció las participaciones preferentes como un nuevo plazo más rentable.
Durante la contratación no se informó del carácter permanente de las preferentes, ni de su venta en un mercado secundario. Tan solo contaron con una breve información sobre la rentabilidad por parte del director de la sucursal. En resumen, los afectados no tuvieron acceso a la información sobre los riesgos y aspectos básicos del producto. Asimismo, durante tras la firma solo se entregó la orden de compra y los contratos de depósitos o administración de valores, en los que no se especifican tampoco los riesgos del producto contratado.
La entidad debió entregar un folleto con toda la información, tal y como recogen las directrices de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Llegado 2012, los demandantes decidieron recuperar sus ahorros, descubriendo que no podían acceder a ellos y que la única opción que ofrecía Bankia era un canje por acciones, lo que no aceptaron pues no pensaban asumir los riesgos que implicaba invertir en bolsa.
Dirección Letrada: Laia Manté Majó.
Banco: Bankia.
Producto: Preferentes.
Perfil: Particular.
PDF:S_130927_BANKIA_JPI8_MATARO_PREFERENTES_PART_SIN.pdf