Banesto deberá devolver el importe de las liquidaciones resultantes de una permuta financiera que colocó a una sociedad anónima en Madrid. Además, la entidad financiera tendrá que anular el contrato y no cobrar más cargos a la empresa.

El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Colmenar Viejo ha considera que la información que ofreció Banesto a su cliente fue insuficiente e inadecuada por lo que la empresa cometió “un error comprensible” en la aceptación y contratación del swap. Para la magistrada, la declaración del empleado de Banesto en la que afirmó que “explicó sobradamente los riesgos pero que no hizo simulaciones”, es suficiente para considerar la falta de información.

La sentencia estima que hay un gran desequilibrio entre las prestaciones que ambas partes se deben abonar en los diferentes escenarios, pues como se recoge en la misma puede llegar a ser de “137 veces más de pago al banco que de ingreso para la empresa”. Para la jueza es “desproporcionado” que la empresa tuviese un ingreso potencial de 139 euros, mientras que su pago pudiese llegar a ser de más de 19.000 euros.

La jueza considera que el contrato que Banesto proporcionó a la sociedad anónima es que no es “todo lo claro que el banco dijo durante el juicio”. Que en él hubiese referencias a los riesgos no da a entender cuáles son ya que no “precisa claramente los escenarios de verdadero perjuicio con los clientes”. La magistrada exige que en los contratos de permuta financiera se empleen otros términos más precisos y con mayor información para conseguir que los clientes, con su lectura, entiendan los riesgos y consecuencias de la contratación de los swaps.


Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez
Perito: Salvador Sánchez Toledo
Banco: Banesto, S.A.
Producto: Swap tipos de interés
Perfil: Sociedad Anónima
PDF: S_120925_BANESTO_JPI6_COLMENARVIEJO_SA_SIN.pdf

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