El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 ha condenado al Banco Sabadell por la venta de un Swap a un particular de Mislata, Valencia. El cliente contrató la permuta financiera como un seguro para paliar los efectos de las fluctuaciones del Euribor en los pagos de su hipoteca. Sin embargo, el Swap le produjo cuantiosas pérdidas debido a la caída de los tipos de interés y, cuando amortizó el préstamo hipotecario, el contrato de aseguramiento de intereses continuó vigente.
La sentencia recoge que la información aportada por la entidad financiera no fue suficientemente clara para que el cliente, que no posee conocimientos financieros, comprendiera las características del Swap. En palabras del magistrado, examinados los documentos de su simple lectura resulta complejo, por no decir casi imposible, determinar qué se contrata y cuáles son realmente las condiciones de la permuta.
En el momento de la firma del Swap, a principios de 2009, el Euribor ya se había desplomado y se preveía que continuase su tendencia a la baja. Banco Sabadell no ofreció al cliente información sobre la evolución previsible de los tipos de interés lo que situó al afectado en desventaja. Además, en el contrato no se recogía el cálculo del coste de cancelación anticipada que ascendió a 12.000.
Banco Sabadell suma tres sentencias más por la venta de Swaps. En Lugo, la Audiencia Provincial número 1 ha confirmado la anulación de una permuta financiera firmada por un particular. La Audiencia Provincial número 1 de Girona y el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Valladolid también han fallado a favor de los afectados. Banco Sabadell acumula ya 24 sentencias en su contra por la venta de permutas financieras.
B SABADELL.-27/06/2011. JPIeI 2, Mislata (particular). Dirección letrada: Paloma Lliso Sempere. FIRME.
B SABADELL.-18/01/2011. JPI 3, Lugo (particular), confirmada el 05/07/2011 por AP 1, Lugo. Dirección letrada: Pérez Barreiro (AUSBANC)
B SABADELL.-02/01/2011. JPI 2, Girona (pyme), confirmada el 07/11/2011 por AP 1, Girona. Dirección letrada: Javier Soria Esteras. Iusris Cat Advocats.
B SABADELL.- 13/12/2011. JPI 8,Valladolid (particular). Dirección letrada: Juan Francisco Llanos Acuña (Summalex)
Un comentario
Me parece una osadía lo de los bancos que se dedican, no sólo a poner letra pequeña. si no que ademas no la ponen y seguimos continuamente pagando costas que no nos correponden. Debo Felicitar y darle mi enhorabuena a la letrada Dª Palome Lliso Sempere por haber hecho posible que se condene este tipo de cosas. Para ganer esto se debe ser una gran profesional y me consta por lo que he leido que los es. ¡Enhorabuena Dª Paloma por este éxito rotundo y ójala todos los profesionales fuesen como usted¡
Un cordial saludo y otra vez Enhorabuena. M. Angeles Alacalá Betanzos