Banco Popular engañó a sus clientes haciéndoles creer que estaban contratando una especie de seguro. Además, ocultó información relativa al producto que  estaban contratando, así como a las consecuencias que les podían provocar la bajada de tipos de interés. En un caso, el cliente deseaba ampliar su crédito y salió de la oficina con una IRS.

El Juzgado número 1 de Primera Instancia de Granada ha anulado una permuta financiera contratada por una pequeña empresa, así como la devolución recíproca de las liquidaciones. La afectada no fue informada convenientemente del tipo de producto que iba a contratar ni de las posibles consecuencias que le podía provocar el swap.

Como confirmó el director de la oficina de Banco Andalucía, la PYME acudió a la sucursal sin asesoramiento financiero y “confiando  en las orientaciones y sugerencias dadas desde el banco”. La empresa creyó que estaba contratando una especia seguro, pero como ha afirmado el juez en la sentencia, “una permuta financiera no es un contrato de seguro, aun cuando haya elementos similares como la aleatoriedad en la mejoría o empeoramiento de las condiciones de la amortización del préstamo”.

Todo ello, lleva al juez a concluir que el banco no solo no fue transparente con la particular, sino que tampoco se ha ajustado a las normas y las prácticas de contratación a minoristas del mercado de valores. Añade el juez, que “a la vista de las condiciones del préstamo, contrariamente se produjo una drástica bajada de los tipos interés”, lo que provocó que las liquidaciones negativas hacia el afectado y, por tanto, el beneficio para el Banco Popular.

Por otra parte, en Girona la sección segunda de la Audiencia Provincial ha confirmado la anulación de otra permuta financiera, en este caso un IRS, de Banco Popular. Según los magistrados, el cliente deseaba ampliar su crédito y salió con una permuta financiera. Algo que califican de “producto oscuro, complejo, especulativo, ignorando las reales circunstancias de operatividad y de alcance”. Además el contenido del contrato es considerado como “intrincado y de difícil comprensión, incluso para una persona experta en la materia”.

La sentencia ha considerado que el cliente no recibió la información debida sobre el producto financiero ofertado por Banco Popular. Los magistrados han tenido en consideración lo dicho por el afectado en el juicio de primera instancia, celebrado en el Juzgado número 1 de Sant Feliú de Giuxols, en el que declaró que no entendía el contrato y que además estaba pues en letra pequeña. Confió en los empleados de la sucursal, quienes le confirmaron que era una especie de seguro y que “estuviese tranquilo, que con el producto él se cuidaba”.

Concluyen los magistrados, que el banco no solo no debe informar de las consecuencias que le puede acarrear al cliente la contratación del producto, “sino que deben informar sobre la evolución de los tipos de interés y de las previsiones”.

Esta no ha sido la única sentencia confirmada en segunda instancia. La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Oviedo ha vuelto a anular otra permuta financiera del Banco Popular, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Siero. Tras examinar el contrato, los magistrados han determinado que el contrato demandado no es un contrato de seguro “en el sentido jurídico”. La redacción del contrato lleva al cliente a pensar que está firmando un seguro, cuando no es así. Por último, el Banco Popular también ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Donostia.


Dirección letrada: Diego Jiménez Mantecón
Perito: José Miguel Cregenzan Sanz
Banco: Banco Andalucía – Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_120419_BPOPULAR_BANDALUCIA_JP1_GRANADA_PYME_SIN.pdf


Dirección letrada: Daniel Muntada Artiles
Banco: Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF: S_120425_POPULAR_AP2_GIRONA_confirma_111121_JPI1_SANT FELIU DE GUÍXOLS_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: Daniel Muntada Artiles
Banco: Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: Particular
PDF: S_111121_BPOPULAR_JPI1_SANT_FELIU_GUIXOLS_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: José Antonio Ballesteros Garrido
Banco: Banco Popular
Producto: IRS
Perfil: Particular
PDF: S_120502_BPOPULAR_AP4_OVIEDO_CONFIRMA_111227_JPI2_SIERO_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez
Banco: Banco Vasconia – Banco Popular
Producto: Swap
Perfil: PYME
PDF: S_120228_BPOPULAR_BVASCONIA_JPI7_DONOSTIA_pyme_SIN.pdf

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