AVALES: La Audiencia Provincial falla que Banco Sabadell devuelva lo ingresado a cuenta

Una familia asociada a ASUFIN ha visto como la Sala 9 de la Audiencia Provincial de Madrid ha fallado que Banco Sabadell le reintegre la cantidad ingresada a cuenta para la compra de una vivienda que nunca se entregó. La Audiencia revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, incluyendo los ingresos de la madre que no fueron tenidos en cuenta por la juez del JPI43 de Madrid.

La cuestión sobre el alcance de la responsabilidad de las entidades bancarias como depositarias del dinero entregado a cuenta a una promotora para la compra de una vivienda ya ha sido resuelta por el Tribunal Supremo, creándose jurisprudencia.

Así lo recuerdan los magistrados de la AP9 de Madrid, quienes destacan que «para la apertura de estas cuentas o depósitos la Entidad bancaria o Caja de Ahorros, bajo su responsabilidad, exigirá la garantía» de un seguro o aval bancario. La STS de 13 de enero de 2015, STS de 30 de abril de 2015 y la de 21 de diciembre de 2015 abundan en la protección de la persona que ha puesto en juego su dinero para la compra de una vivienda en fase de construcción.

Los asociados de ASUFIN depositaron las cantidades pactadas en una cuenta que la promotora tenía en Banco Sabadell, cuyo deber era garantizarlas.

Los hechos se remontan a julio de 2006 cuando nuestra asociada suscribió un contrato de compraventa con la mercantil ACIS EUROPA, S.L. para la adquisición de un vivienda en proyecto de construcción. El precio se fijó 166.920 euros y en el momento de la suscripción hizo entrega de 6.630 euros, quedando en que el resto, hasta 8.900 € más IVA se pagaría a plazos mensuales.

Posteriormente, en abril de 2007, se suscribió  un nuevo contrato para la adquisición de una segunda vivienda, en la que participaba la madre con los hijos, fijada en 148.195 euros. A la firma abonaron 8.560 euros a cuenta. Los ingresos se hicieron periódicamente en una cuenta titularidad de la promotora en la CAM, hoy Banco de Sabadell. La fecha prevista para la entrega era 31 de mayo de 2008, pero la promotora ni construyó ni entregó las viviendas en la fecha acordado.

Numerosas sentencias del Tribunal Supremo han declarado que los consumidores deben estar protegidos si una promotora incumple su contrato y tiene cuenta en el banco

Los asociados de ASUFIN demandaron a Banco Sabadell como responsable de las cantidades depositadas en su entidad, solicitando su devolución. El JPI43 de Madrid estimó parcialmente la demanda condenando al banco a devolver 9.497,94 €, más los intereses legales del dinero. Los abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín, apelaron.

La Sala expone, según doctrina del Supremo, que la entidad bancaria responde frente a los particulares de la devolución de las aportaciones realizadas y que «Basta la existencia de un cuenta a nombre del gestor o el promotor en la que se hayan ingresado aportaciones de los cooperativistas, sin que sea preciso que esta se haya aperturado como una cuenta especial a tal fin.»La STS de 23 de septiembre de 2015 (recurso 2779/2013) viene a declarar que la falta de expedición de los avales individuales no puede ser motivo que quede insatisfecha la previsión de garantía.

La Audiencia Provincial revoca parcialmente la sentencia del JPI y falla a favor de los consumidores

Los asociados acreditaron la existencia de esa cuenta y aportaron los documentos de los ingresos pertinentes, por lo que los magistrados revocaron parcialmente la sentencia de instancia y condenaron a Banco Sabadell «a que abone la cantidad de 15.561, 21 euros, permaneciendo invariables los demás pronunciamientos de la
misma.

Felicitamos a nuestros asociados y abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín por este fallo que viene a paliar en parte las pérdidas ocasionadas. En ASUFIN contamos con la colaboración de un equipo jurídico solvente y comprometido que lucha por tus derechos. Si eres víctima de un abuso bancario, consúltanos.

info@asufin.com

Dirección letrada: Loleta Linares/ Fernando Gavín
Banco: Banco Sabadell
Producto: Aval promotora fantasma
Perfil: Particular
PDF: 10.07.2019 Sentencia favorable de la AP 9 de Madrid

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