ASUFIN TE INFORMA: ¿Qué información está obligado tu banco a darte?

Como consumidor bancario, tienes derecho a recibir de forma periódica y sin coste alguno la información que te mostramos, recogida por el Banco de España: 

  • Tu entidad financiera tiene que remitirte cada mes de enero un documento en el que se detallen las comisiones y gastos devengados, además de los tipos de interés aplicados a cada servicio bancario prestado durante el año anterior. 
  • Una vez al mes te tienen que enviar el extracto con todos los movimientos producidos en tu cuenta bancaria (si no se han registrado movimientos no tendrán esta obligación)
  • Darte un documento de liquidación en el que se informe del tipo de interés, las comisiones u otros gastos aplicados en cada liquidación que practiquen por sus servicios.

Además, la entidad financiera está obligada a facilitarte una copia del contrato en cualquier momento y de forma gratuita.

El banco está obligado a conservar el contrato durante al menos seis años, según el  el plazo obligatorio de conservación de documentación establecido por el Código de Comercio.

¿Qué información debe darte el banco para firmar la hipoteca?

Una vez facilites a la entidad información sobre tus necesidades el banco hará previamente un estudio de solvencia para determinar tu capacidad de pago. 

Consultará en la CIRBE el importe de tus deudas en otros bancos así como los ficheros de registros de impagados más habituales (RAI, ASNEF…) por si tuvieras impagos.

Una vez haya aprobado la operación, debe proporcionarte, con 10 días mínimos de antelación, toda esta documentación: 

  • La FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) que contiene toda la información sobre tu hipoteca. Te permitirá comparar las distintas opciones del mercado.
  • La FiAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas) con la información de las cláusulas relativas a los índices oficiales de referencia utilizados para fijar el tipo de interés, límites mínimos en el tipo de interés aplicable, cláusula de vencimiento anticipado, distribución de los gastos, etc.
  • Un documento con simulaciones de las cuotas.
  • Una copia del proyecto del contrato.
  • Información clara sobre los gastos que debe asumir el banco y el cliente. 
¿Qué información sobre tu hipoteca aparece en la FEIN?

El contenido de la FEIN está regulado de manera taxativa por ley. Es decir, tiene que incluir obligatoriamente la información que establece la ley. 

A grandes rasgos, ésta es la información que debe contener:

  • Los datos de la entidad de crédito y, en su caso, del intermediario financiero.
  • Las características principales del préstamo hipotecario.
  • El tipo de interés y otros gastos.
  • El número de pagos y su periodicidad.
  • La tabla de amortizaciones de los pagos.
  • Las vinculaciones y otros costes.
  • El procedimiento y las condiciones del reembolso anticipado, en caso de que lo hubiera.
  • Los elementos de flexibilidad como, por ejemplo, el derecho de subrogación.
  • El departamento de atención al cliente creado al efecto para posibles reclamaciones.
  • Los datos de contacto del Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
  • Los supuestos de incumplimiento de los compromisos vinculados al préstamo hipotecario y sus consecuencias para el cliente.
  • La información adicional, entre la que debe figurar la legislación aplicable para establecer las relaciones con el cliente.
  • Los riesgos y advertencias.
  • Indicar quién es la Autoridad Supervisora.

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

2 respuestas

  1. carmen tormo benedicto dice:

    Hola buenos dias, hace un año mas menos que me encuentro en situacion de mora con mi banco por el prestamo hipotecario, el caso es que yo les voy ingresando mensualmente lo que puedo, ellos bloquearon la banca online dejandome en una situacion totalmente ignorante sobre lo que me van cargando y en que.
    Yo les solicite los recibos de las cuotas pagadas para poder ver en que estan empleando el dinero, comisiones intereses etc, pero lo que me envian es un documento que me lo incluye todo.
    El caso es que yo lo que quiero es el recibo de las cuotas pagadas al fin y al cabo las he abonado y creo que es un documento que tengo derecho a tener, mi pregunta es, estan obligados a darme dichos recibos?
    Muhas gracias,, os leo siempre.

    1. Buenos días, Carmen. Muchas gracias por ponerte en contacto con nosotros y explicarnos tu caso. En breves nuestro equipo se pondrá en contacto contigo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.