¿Qué podemos hacer ante la cancelación de nuestro vuelo? ¿Y si nos pierden la maleta? A continuación damos respuesta a éstas y otras preguntas
¿Qué pasa si…?
Si la compañía aérea cancela tu vuelo, tiene que plantearte estas opciones:
- Reembolsar el dinero del billete, (en un plazo de 7 días)
- Si tienes un vuelo de conexión, deben ofrecerte otro de vuelta lo antes posible al aeropuerto de salida.
- Transporte alternativo hasta el destino final lo antes posible.
Las circunstancias extraordinarias de la pandemia motivaron que a las compañías aéreas se les permitiese emitir bonos canjeables por las cancelaciones realizadas, en lugar de proceder al reembolso. Es importante recordar, que siempre debes tener la posibilidad, como pasajero, de elegir entre un reembolso en efectivo y un bono. Si transcurridos 2 meses no hay acuerdo entre el consumidor y la empresa, tendrán que devolverle el importe pagado.
Derecho a indemnización
Tienes derecho a una indemnización si tu compañía te informa de la cancelación con menos de 14 días de antelación, respecto de la salida del vuelo.
Este derecho no aplica si la compañía aérea demuestra que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no han podido evitarse. Por ejemplo: decisiones sobre la gestión del tráfico aéreo, inestabilidad política, condiciones meteorológicas adversas y riesgos para la seguridad.
Indemnización por cancelación
Importe (€) | Distancia |
250 | < 1.500 km |
400 | > 1.500 km dentro de la UE entre 1.500 km y 3.500 km en los demás vuelos |
600 | > 3.500 km |
2. Sufro retrasos en mi vuelo
Los motivos de retraso en la salida de un vuelo pueden ser muy variados: desde circunstancias meteorológicas hasta huelgas o imprevistos técnicos.
La compañía aérea está obligada a darte asistencia, comida y bebida, en función de la duración del retraso y la distancia del vuelo:
Retraso | Distancia |
Dos horas o más | < 1.500 km |
Tres horas o más | Vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y demás vuelos, entre 1.500 y 3.000 km |
Cuatro horas | Resto de vuelos |
Si el retraso se prolonga una noche, como mínimo, la compañía tiene que costear el alojamiento del pasajero.
En el caso de que la compañía no ofrezca bonos para canjear comida en el aeropuerto, tienes derecho a exigir el abono, previa presentación de los tickets correspondientes, siempre que los gastos incurridos sean razonables.
Si llegas a tu destino final con un retraso de más de tres horas, tienes derecho a indemnización, a no ser que el retraso se haya debido a circunstancias extraordinarias (ver apartado “derecho a indemnización”).
3. Me comunican que mi vuelo tiene overbooking
El conocido como overbooking es una práctica legal que llevan a cabo las compañías: venden más billetes que capacidad de asientos del avión porque juegan con un determinado porcentaje de pasajeros que no se presentan.
Tienes dos alternativas:
- Overbooking voluntario: puedes aceptarlo y la compañía se reembolsará tu billete en el plazo máximo de 7 días. Deberá facilitarte el traslado a tu destino final en circunstancias comparables a las contratadas.
- Overbooking involuntario: tienes derecho a reclamar daños y perjuicios y una compensación económica conforme a estas cantidades en función de los kilómetros de tu vuelo (ver apartado “derecho a indemnización”).
4. Me han perdido o dañado el equipaje
Si la compañía pierde o daña tu equipaje, tienes derecho a una indemnización de hasta un máximo de 1.350 euros, según la normativa comunitaria.
En el caso del equipaje de mano, la compañía aérea es responsable solo si el daño es culpa suya.
El plazo para presentar a la compañía una reclamación por pérdida o daños del equipaje es de 7 días. Y si ha habido retraso en la entrega del equipaje, dispones de 21 días para reclamar desde su devolución.
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