APYMIFID logra revocar una sentencia desfavorable a uno de sus asociados

La Audiencia Provincial número 14 de Madrid ha revocado la desestimación de demanda a Bankinter por del Juzgado de Primera Instancia número 61 de Madrid. La Audiencia afirma que existió error y vicio en el consentimiento durante la firma de una permuta de tipos de interés por parte de uno de nuestros asociados a APYMIFID. La entidad deberá reembolsar las pérdidas ocasionadas por el producto. Asimismo, también deberá anular la cuenta de crédito abierta por el cliente para hacer frente al swap.

Nuestro asociado, suscribió el Contrato de Gestión de Riesgos Financieros  “Clip Bankinter” para su empresa  en 2006 con la intención blindar ante la subida de los tipos un préstamo hipotecario. El interés del cliente por el producto fue fruto de una oferta por parte de la entidad demandada, que presentó la permuta como un seguro sin gasto de contratación, ni cancelación. Este swap produjo unas liquidaciones negativas de 1.500 euros que fueron justificadas como coste o prima del seguro contratado.

Posteriormente, en 2008, la oficina bancaria exigió al cliente la contratación de un Clip Bankinter Extra para obtener la subrogación de una hipoteca con Caixa Galicia. Este swap terminó con un saldo negativo de 34.600 euros para el demandante.

Nuestro asociado, un cliente minorista sin estudios superiores, ni experiencia financiera compleja, apenas  recibió información sobre el producto. Durante su declaración afirmó que nadie le explicó los riesgos del producto, tan solo sabía que se trataba de un seguro y confió plenamente en su entidad, con la que guardaba una relación de varios años.

Durante la comercialización de los swaps, no se realizó ningún tipo de simulación de escenarios ante las posibles fluctuaciones del Euribor. Tampoco se habló del Coste de Cancelación anticipada, coste que tampoco fue reflejado de forma comprensible y precisa en el contrato, donde tan solo se hacía referencia a “las condiciones del mercado”.

Además, el perito David García Muntané ha remarcado el desequilibrio existente entre los posibles beneficios del contrato para ambas partes (cliente y entidad financiera), ya que la probabilidad de que el Euribor ascendiera a las cifras que cubría el swap (5,25%) era casi imposible.

Por último, tampoco se efectuó ningún tipo de test de conveniencia que evaluara la experiencia y conocimientos del cliente. Por tanto, Bankinter infringió la normativa europea MIFID y la Ley del Mercado de Valores, que exige este proceso para la comercialización de productos bancarios complejos.

Todo ello se ha puesto de manifiesto durante el procedimiento dirigido por la letrada Patricia Gabeiras, en quién la asociación ha confiado su defensa con excelentes resultados.


Dirección Letrada: Patricia Gabeiras Vázquez.
Perito: David García Muntané
Banco: Bankinter.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
PDF:S_140922_BANKINTER_AP14_MADRID_REVOCA_131016_JPI61_MADRID_APYMIFID_PYME_SIN.pdf

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