Un juzgado de Valladolid ha anulado un contrato de participaciones preferentes que Caja España, ahora Banco CEISS, colocó a una anciana por valor de 200.000 euros. La sentencia afirma que la entidad bancaria no cumplió con las diligencias de información previa que deben estar presentes en la venta de este tipo de productos.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Medina del Campo no ofreció ningún tipo de información “completa, clara y comprensible” a la afectada para que pudiese tener un conocimiento cabal sobre las preferentes. Banco CEISS fue incapaz de demostrar que ofreció un asesoramiento acorde a la complejidad del producto, algo que debe ser demostrado por las entidades financieras en el juicio, recuerda la sentencia.

La documentación que Caja España-Banco CEISS aportó en la vista judicial ha sido desestimada por el tribunal. El tríptico informativo no fue rubricado por la afectada, aunque sí fue entregado. Sin embargo, la sentencia considera que el contenido de la publicidad no es de fácil entendimiento y que la clienta en ningún momento podía haber comprendido la complejidad de las preferentes y el riesgo que conllevaba su adquisición.

La sentencia concluye que si Caja España hubiese cumplido con sus obligaciones legales de buena fe y proporcionar una información clara y precisa, la afectada podría haber comprendido los riesgos de las preferentes. Ahora, la entidad financiera propiedad de Caja España tendrá que devolver el importe de la compra a la afectada: 200.000 euros.


Dirección letrada: José Luis Fernández de Lamadrid
Banco: Banco CEISS, S.A. (Caja España)
Producto: Participaciones preferentes
Perfil: Particular
PDF: S_150331_BCEISS_CESPANA_JPI2_MEDINADELCAMPO_PREFERENTES_PART_SIN.pdf

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