Una pareja afectada por las preferentes de Unión Fenosa vendidas por NovaGalicia Banco ha logrado anular el contrato entre ambas partes. La sentencia deja claro que sí recibieron información pero no la determinante.

NovaGalicia Banco ha sido condenado por unas participaciones preferentes de Unión Fenosa que colocó a una pareja de particulares. La sentencia afirma que la entidad sí dio información sobre el producto a los afectados, pero no toda la necesaria y relevante para que supieran el peligro que conllevaba su adquisición.

Para la jueza del Juzgado de Primera Instancia de Refuerzo de A Coruña, NovaGalicia Banco no pudo acreditar que informase a los clientes de forma “clara y comprensible de los riesgos del producto”, ni les advirtió de la liquidez del producto. Los clientes declararon en el acto del juicio que estaban contratando unos productos financieros seguros sin ningún tipo de riesgo para sus inversiones.

Además, una empleada de la sucursal en la que se celebraron los contratos de las preferentes de Unión Fenosa afirmó que desde la entidad consideraban que las preferentes eran “una emisión interesante para los clientes ahorradores normales”. En su declaración describió que en los procesos de compra no se advertía a los clientes del riesgo de pérdidas ni que se trataran de emisiones perpetuas en las que el banco se reservaba el derecho a la amortización en diez años.

Ahora, NovaGalicia Banco tendrá que proceder a la devolución del importe de la inversión en las preferentes de Unión Fenosa, 50.000 euros.


Dirección letrada: Xoán Antón Pérez-Lema López
Banco: NovaGalicia Banco, S.A.
Producto: Participaciones preferentes Unión Fenosa
Perfil: Particular
PDF: S_141124_NCGBANCO_JPIR_ACORUNA_PREFERENTES_UNION_FENOSA_PART_SIN.pdf

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