¿Qué tengo que saber si quiero alquilar una casa? Te damos todas las claves para hacerlo informado

Abordamos nuestros derechos como inquilinos: qué es el tope de los precios y qué son las zonas tensionadas y cómo nos protegen, entre otras cosas

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, nos da las claves para alquilar vivienda en «Por fin» en Onda Cero con Jaime Cantizano. Dejamos por aquí sus consejos para que, si no has podido escucharlo, descubras todo lo que necesitas saber antes de alquilar una vivienda. 

«Como primera medida es asegurarnos que el gasto del alquiler no supere un 30% de nuestros ingresos mensuales. Y para eso, hay que tener cuenta también: a qué gastos vas a tener que hacer frente cada mes, como son las mensualidades de los suministros, agua, luz, así como en el momento de firmar el contrato, la fianza y el primer mes», ha explicado Patricia Suárez.

Para ese cálculo de carga financiera, el casero se encarga de la comunidad de vecinos, el IBI y los seguros de la casa (es conveniente, esto desde el punto de vista del casero, que la casa alquilada disponga de un seguro)

El inquilino paga las cosas fundamentales para habitar la vivienda: el agua, el gas, la luz, Internet

¿Qué ocurre con las averías, las tengo que asumir?

En el caso de las averías, tal y como indica la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario está obligado a realizar, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. Por ejemplo, la caldera para ACS y calefacción, los electrodomésticos si los tiene, etc. OJO sin derecho a elevar por ello la renta.

Y aquí hay una salvedad: cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al inquilino.

Aquí también tenemos el Código Civil (artículos 1.563 y 1.564): las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda correrán a cargo del inquilino como cambiar las bombillas.

¿Cómo me cercioro del estado de la vivienda?

Es importante ver si hay desperfectos, cosas que no funcionan. De hecho, podemos incluir en el contrato, tras visitar la casa, las cosas que ya no estaban bien, porque la mayoría de las veces se incluyen cláusulas de entrega en perfecto estado que el inquilino asume sin cerciorarse de ello, de modo que lo que enseguida se estropee o ya estaba estropeado, lo va a tener que asumir el inquilino.

Si hay cosas que no se pueden probar, que quede claro que no se ha podido comprobar el buen estado y, por tanto, no recibe en “perfecto estado”.

Lo mejor es poner una cláusula en la que se estipule que el inquilino tiene 15 días para revisar que todo está en perfecto estado.

La importancia de la fianza

Un tema del que se habla mucho y hay que tener muy en cuenta: LA FIANZA. Sólo pueden exigirte un mes de fianza, hay caseros que piden un mes de fianza y uno o dos como garantías adicionales como el posible impago, consiguiendo así 3 meses, pero tiene que quedar así reflejado en el contrato.

En cualquier caso, no se puede pedir más de 3 meses de renta Antiguamente se pedía aval bancario, esta es una opción más cara pues el banco te retiene el importe y te pide intereses, además, ya no es legal.

 

¿Cuando me voy del piso, se pueden quedar con la fianza?

Sólo en determinados casos. Cuando el inquilino no ha cumplido con la obligación del pago de las cuotas o mensualidades acordadas por el alquiler del inmueble o existe alguna deuda

Cuando se observa algún desperfecto en el mobiliario o electrodomésticos atribuibles directa o indirectamente al inquilino o cuando excedan el normal deterioro que corresponde al uso

Cuando la vivienda no se entrega en buenas condiciones de limpieza: En este supuesto el dinero de la fianza se empleará a este fin, pero se deberá devolver, en su caso, la cantidad que sobre.

 

¿Y qué sucede con los seguros? 

No me pueden exigir nada. Hemos dicho que es deseable disponga de un seguro, pero siempre será por el continente, nunca por el contenido. Si el inquilino quisiera asegurar sus pertenencias, puede contratar su propio seguro que le cubra joyas, tecnología, etc.

Un buen casero debería tener un seguro de hogar que tenga servicio de manitas para poder atender las pequeñas reparaciones de la vivienda rápidamente.

Además, hay caseros que contratan seguros de impago y pretenden que sea el inquilino el que lo abone. Esto es abusivo, ya hay sentencias que declaran que este tipo de seguros benefician al casero por lo que es él el que tiene que asumirlo.

¿Qué es zona tensionada?

Este nuevo concepto lo introdujo la Ley de vivienda aprobada en 2023, y permite a las CCAA que se acojan limitar el precio del alquiler mediante el llamado índice de precios al alquiler, que fija a qué rango de precios te tienes que atener.

La ley considera zonas tensionadas:

    • En las que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supera el 30% de la renta media de los hogares
    • En las que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado de forma acumulada al menos tres puntos por encima del IPC de la CCAA en los cinco años anteriores a la declaración.
    • Pero OJO, esta declaración de zona tensionada compete a cada CCAA y ahora mismo solo Cataluña lo está aplicando.

 

¿Las subidas de precios de los alquileres están controladas de otro modo?

Sí, en la actualidad, la legislación vigente, tras la publicación de dicha norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 25 de mayo de 2023, establece un incremento máximo anual del 3% del alquiler en los contratos vigentes este año.

A continuación, te mostramos la tensión que genera el alquiler en los sueldos, en función de la CCAA de residencia.

¿Vas a alquilar una casa en los próximos meses? ¿Quieres hacerlo pero no sabes si es un gasto que puedes asumir? Si te has quedado con alguna duda, escríbenos a info@asufin.com y te ayudaremos

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2 respuestas

  1. JOSE ANTONIO RODRIGUEZ dice:

    Hay un gazapo en la última tabla. En los encabezados , en la ultima posición deberia decir 2 PAX y no 1 PAX como pone.
    Por otro lado tengo entendido que es OBLIGATORIO que el inquilino tenga también su seguro de RC, .. , a su cargo, aparte del que tenga el Propietario. ¿Es eso así o estoy equivocado??. Muchas gracias. Saludos

    1. Buenas tardes, Jose Antonio. Muchas gracias por la apreciación, procedemos a revisarlo. Las personas que viven de alquiler no están obligadas a contratar un seguro de responsabilidad civil para inquilinos, pero si es recomendable tenerlo.

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