El JPI 7 de Jaén condena a Banco Santander como sucesor de Banco Popular y declara la nulidad del contrato de adquisición de acciones
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Santander como sucesor de Banco Popular en defensa de los intereses de unos de nuestros asociados. En dicha demanda se ejercitaba una acción de nulidad radical; y subsidiarias de anulabilidad e indemnización de daños y perjuicios ya que el contrato de compra venta de acciones realizado en 2017 carece de validez por vicio de consentimiento.
El vicio en el consentimiento se deduce de la falta de información adecuada y suficiente sobre la verdadera situación de Banco Popular. Ya que las cuentas anuales reflejaban una situación de la entidad falsa. Por su parte, Banco Santander se opone a la demando. La entidad niega que actuara negligente, afirma que cumplió la normativa vigente y que el demandante fue informado de las características esenciales. Además, alega la falta de legitimación pasiva.
Las acciones fueron adquiridas online, el consumidor confiaba plenamente la información que el banco publicitaba al respecto situación económica. Por otro lado, el folleto emitido por Banco Popular para publicitar la emisión de sus acciones, reflejaba un estado de solvencia totalmente alejado de la realidad. Lo que implica que actuaron desobedeciendo el requisito de buena fe que debe de prevalecer en todo contrato.
Este tribunal afirma que la omisión del deber de información se transforma en el suministro de una información inveraz. Por lo que decide estimar la acción de indemnización de daños y perjuicios por la anulación del contrato suscrito por el consumidor. Además, asegura que existe una legitimación clara, pues el Banco Santander absorbió al Banco Popular en 2017.
Es por todo ello que condena a Banco Santander a tener por nulo el contrato de adquisición de acciones. Además, condena a indemnizar al actor en la cantidad de 20.983€, más los intereses desde la fecha de adquisición de las acciones e imposición de las costas del procesales.
Producto: Acciones Popular
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 7, Jaén
Dirección Letrada: Luis Felipe Gómez Ferrero
Fecha: 07.06.2021
Entidad: Banco Popular/ Banco Santander