31 de diciembre, fecha límite para “mejorar” tu Renta del año que viene; estas son las novedades de 2022

Existen algunas decisiones económicas que, si las tomamos antes de acabar el año, pueden rebajarnos la factura fiscal en la próxima declaración de la Renta 2022-2023

Hasta el día 31 de diciembre se pueden llevar a cabo decisiones económicas, de ahorro o inversión para que la próxima declaración de la Renta 2022-2023 nos salga “a cuenta”, es decir, que podamos limitar el impacto de nuestra contribución en la medida que nos permita la ley y rebajar, con ello, la factura fiscal.

Hipotecas

Todos aquellos que compraron vivienda o constituyeron hipoteca antes del 1 de enero de 2013, con excepciones de las Haciendas Forales vascas y navarra, que lo mantuvieron. Algunas comunidades tienen una pequeña desgravación en su tramo autonómico.

Aportaciones al plan de pensiones

Baja a 1.500 euros la aportación máxima del plan de pensiones individuales, pero, por el contrario, existe la posibilidad de aumentar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.

Se recomienda, pues, aprovechar esta última etapa del año para hacer aportaciones y agotar el límite.

ERTES

El tratamiento es de un segundo pagador, por lo que es muy probable que tenga obligación de hacer la declaración. Con un pagador, el límite son 22.000 euros anuales. Con dos pagadores baja a 14.000, siempre que el segundo o siguiente pagador suponga ingresos por encima de los 1.500 euros anuales.

Crédito fiscal

El final de año es el momento idóneo para compensar las inversiones que han generado pérdidas. Es decir, hacer aflorar pérdidas de hasta cuatro ejercicios fiscales si has cerrado alguna inversión con ganancia o, realizar ganancias si has tenido que vender alguna operación con pérdida.

Cabe recordar que no podrás adquirir esos mismos valores, o unos similares, en los dos meses anteriores o posteriores a la venta.

Más tips de cara a prepararnos para la campaña de Renta

Repasar las deducciones nacionales, especialmente las que se pueden aplicar desde el año 2021 para la mejora eficiencia energética de las viviendas.

No olvidarse de las deducciones sobre el tramo autonómico, que son múltiples y variadas y van desde ayudas escolares (libros, material escolar, uniformes…), compra y alquiler especialmente para jóvenes y zonas rurales, gastos de salud, etc.

Ojo con las subvenciones que tributan, como las que se pueden recibir por instalar un ascensor, ya que tendrá que tributar como un incremento de patrimonio. Es importante tenerlo en cuenta, no solo por el pago, también por si existe obligación de hacer una declaración.

Los consejos de los Técnicos de Hacienda (Gestha) para el final de año

Desde el Ministerio de Hacienda los Técnicos han presentado a los contribuyentes un decálogo de prácticas para ahorrar en la próxima declaración, por lo que hemos querido completar la información del artículo con algunas de estas medidas.

Deducciones por mejora de eficiencia energética en viviendas

Hasta un total de tres nuevas deducciones son aplicables hasta final de año si se presenta una mejora en el certificado energético de la vivienda habitual, en alquiler, o con perspectiva de alquiler en el último año. Las tres nuevas deducciones que surgen de ampliar el ámbito de aplicación son las siguientes: deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable y deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. Estas deducciones se aplican desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024 y, dependiendo del tipo, se aplicara un porcentaje de deducción de hasta el 60%.

Neutralizar las ganancias de la venta de una vivienda habitual

Aquellos que han vendido su casa tendrán que tributar entre el 19% y el 26% de las ganancias en la próxima declaración de la Renta, dependiendo de la cuantía. Si se reinvierte el total o parte del importe en otra vivienda habitual será posible neutralizar el pago.

Cabe recordar que los contribuyentes mayores de 65 años y las personas dependientes severos o grandes dependientes están libres de dicha tributación hasta un límite máximo de 240.000 euros.

Eximir los rendimientos por trabajar en el extranjero

Aquellos que han obtenido rendimientos por trabajar en una empresa radicada en el extranjero van a estar exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales. No estarán eximidos aquellos rendimientos obtenidos en países que no tengan un impuesto de naturaleza similar a la del IRPF, cómo sucede en los paraísos fiscales.

Vigila la venta de acciones

Si los rendimientos netos del trabajo están por debajo de los 16.825 se debe de vigilar cualquier otra renta, ya que, en caso de que sean superiores a los 6.500 euros, podrá suponer una reducción de los rendimientos del trabajo de hasta los 5.565 euros. También ocurre lo mismo con la venta de acciones, ya que aquellos que en teoría están exentos, como los que ingresan menos de 14.000 euros con varios pagadores o hasta 22.000 euros con un solo pagador, pueden ser obligados a realizarla en caso de que los rendimientos por las acciones sean suficientes para ello.

Donativos a ONG y afiliaciones

Los donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción permiten deducir el 80% para los primeros 150 euros y el 35% para los importes restantes. Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos suponen una deducción del 20% con un límite a base máxima de 600 euros. Además, las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen los rendimientos del trabajo.

Incentivos por el apoyo a emprendedores

Aquellos amigos y familiares de tercer grado que hayan financiado una inversión de emprendimiento se les permitirá deducir  hasta un 40% del capital de la entidad, cuyos fondos propios no podrán superar los 400.000 euros y cuya base máxima anual de deducción será de  60.000 euros.

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