PREFERENTES: Una afectado vuelve a ganar en la Audiencia Provincial de Valencia

[column size=one_half position=first ]» En el Juzgado se estimó por nulidad por vicio del consentimiento, la Sala estima la demanda por daños y perjuicios ante la ausencia de información correcta y aprecia caducidad de la acción de nulidad. Es estima la demanda condenando al banco al abono de 285.000 euros, más intereses desde la presentación de la demanda y a las costas[/column]
[column size=one_half position=last ]» Por tanto, como recoge la sentencia, el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada contra la entidad bancaria, se revoca. En junio del 2016 vuelve a ser el afectado quien gana contra CaixaBank S.A. (antes Barclays S.A.) por la colocación de producto de inversión llamado Lehman Brothers por valor de 300.000€[/column]

El 15/06/2016 la Audiencia Provincial #9 de Valencia ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia #21 de Valencia. En fallo de esta estimaba que «La mercantil Caixabank S.A. (antes Barclays S.A.) por orden del magistrado debía declarar la nulidad de los contratos de adquisición de participaciones preferentes Lehman Brothers con valor de 300.000 euros. Esto se debía por la existencia de error esencial relevante y excusable en el consentimiento ordenándose la restitución recíproca de prestaciones que fueron objeto del contrato. Debido a esto se condenaba a Caixabank S.A a la devolución de la suma, más los intereses legales, reclamados por el demandante».

El afectado demandó a la entidad bancaria tras darse cuenta de como era el producto de inversión que había adquirido y los riesgos económicos que le estaba suponiendo. La contratación de este mismo fue en noviembre del 2006, por un importe de 300.000 euros. El afectado declara que no fue correctamente informado y que su consentimiento fue viciado. Sentencia que a su vez indica una vulneración de las leyes imperativas por parte de la entidad.

Después de que el Juzgado de Primera Instancia rechazase la caducidad de la acción de nulidad, se estima concurrir en el caso la prestación del consentimiento con error de vicio y decreta la nulidad del contrato con la restitución de las prestaciones. Caixabank SA interpone un recurso de apelación alegando que hay una concurrencia en la caducidad de la acción dado el tiempo transcurrido desde que pudo ser ejercitada y que el producto era sencillo y fácilmente comprensible.

El producto de inversión ante el que nos encontramos, cuando fue contratado, no quedaba claro el vencimiento, ya que no consta en el folleto explicativo del mismo ni tampoco un documento contractual que determine sus condiciones y características y sin perjuicio de que por su propia naturaleza, sería perpetuo e indefinido. Como afirma la sentencia «no puede privarse de la acción a quien no ha podido ejercitarla por causa que no le es imputable, como es el desconocimiento de los elementos determinantes de la existencia del error en el consentimiento».

Por tanto, como recoge la sentencia, el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada Caixabank SA, se revoca en parte: «Se desestima la acción de nulidad por error vicio por estar caducada. A su vez se estima la acción subsidiaria y se condena a Barclays SA a abonar a los actores en concepto de daños y prejuicios la cantidad de 285.112,40 euros con los intereses legales desde la fecha de demanda. También se ratifica la imposición de las costas de la instancia a la parte demandada sin pronunciamiento de las devengadas en la alzada y se acuerda la devolución del depósito constituido para recurrir».


Dirección Letrada: Amparo Barrachina
Banco: CaixaBank
Producto: Preferentes Lehman Brothers
Perfil: Particular
Pdf: S_160615_CAIXABANK_JPI21_VALENCIA_PREFLEHMANBROTHERS_PARTICULAR_SIN.pdf

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3 comentarios

  1. Menos mal que en España aún quedan Jueces íntegros. Mi enhorabuena al afectado, nadie le va a compensar todas las noches sin dormir pero al menos recupera su dinero.

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